El 15 de noviembre de 2024, el Parlamento español presentó la Ley de transposición sobre información corporativa en materia de sostenibilidad, que supone la transposición de la CSRD en España.
No te preocupes: nos hemos encargado de leerla por ti. En este artículo resumimos todo lo que necesitas saber.
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Principales modificaciones de la transposición
1. Principales modificaciones de la transposición
Artículo 1: modificaciones del Código de Comercio
Están obligadas a reportar las grandes empresas, las pymes cotizadas y las filiales de empresas extranjeras con operaciones significativas en la UE. Estas últimas son las que tienen unos ingresos netos superiores a 150 M€ en la UE durante dos ejercicios consecutivos, o una filial o sucursal que genera más de 40 M€ en la región.
Los informes deben incluir el modelo de negocio, los objetivos de sostenibilidad, los riesgos, los impactos ambientales y sociales y la cadena de valor. Todo ello debe integrarse en el informe de gestión.
Artículo 2: modificaciones de la Ley de Sociedades de Capital
Regula cómo incorporar el informe de sostenibilidad a las cuentas anuales. También define el papel de los verificadores, que velarán por que la información cumpla con los estándares.
Artículo 3: modificaciones de la Ley de Auditoría de Cuentas
Por último, la Ley de Auditoría de Cuentas detalla los requisitos técnicos y éticos (por ejemplo, la independencia del auditor).
Todo ello será supervisado por el ICAC (Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas), con el fin de mantener el control de calidad.
2. Periodo transitorio
La implantación será gradual y dependerá del tamaño y del tipo de entidad:
- En 2024, para las grandes empresas con más de 500 empleados.
- En 2025, se incorporarán las grandes empresas más pequeñas (de 250 a 500).
- En 2026, entrarán en el marco las pymes cotizadas, salvo las microempresas.
- Por último, en 2028, se añadirán las filiales y sucursales de empresas de terceros países.
En los primeros años, mientras se desarrollan los estándares completos, las empresas podrán realizar una verificación limitada. Una vez adoptados los estándares definitivos, los procesos serán más rigurosos.
Durante este periodo, no recopilar toda la información necesaria no será un problema. Solo habrá que justificarlo explicando los esfuerzos realizados para disponer de esos datos e informando del plan futuro para mejorar la recopilación.
3. Entrada en vigor y aplicación
La ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esto marca el inicio de la transición hacia el cumplimiento del nuevo marco de sostenibilidad. La aplicación seguirá el mismo calendario gradual que el periodo transitorio.
4. Disposiciones adicionales
Las disposiciones adicionales son los apartados de una ley o reglamento que incluyen aclaraciones o precisiones. Te explicamos las tres que incluye la transposición.
4.1 Obligaciones específicas para entidades de crédito y aseguradoras
Están obligadas a reportar la información sobre sostenibilidad que se aplica a las grandes empresas. Sin embargo, también se introducen algunas excepciones:
- Las entidades de crédito pequeñas y las aseguradoras cautivas pueden acogerse a los estándares de sostenibilidad simplificados para pymes.
- Las entidades de crédito afiliadas a organismos centrales y las aseguradoras de grupos financieros mayores no reportarán de forma individual. Su información se incluirá en el informe consolidado del grupo.
4.2 Requisitos para filiales y sucursales de empresas de terceros países
Ambos casos deben cumplir con las obligaciones de sostenibilidad:
- Filiales: si la matriz supera ciertos umbrales (como más de 150 M€ de ingresos en la UE), la filial debe presentar un informe de sostenibilidad conforme a los estándares europeos.
- Sucursales: si generan más de 40 M€ de ingresos en la UE y no tienen otras filiales locales, también están obligadas a reportar.
4.3 Aplicación de la doble materialidad en los informes
Será el eje central de los informes. Exige que las empresas evalúen su impacto ambiental sobre el planeta y el impacto del planeta sobre su empresa.
Si quieres saber más sobre la doble materialidad, puedes leer más aquí.
5. Sanciones: qué pasa si no cumples
No queremos vender miedo, pero conviene no incumplir. Hay tres tipos de sanciones. Vamos con ellas:
5.1 Multas, divididas en tres niveles
- Leves: por retrasos o pequeños errores, multas de hasta el 1 % de la facturación.
- Graves: por no presentar los informes, errores importantes o falta de verificación, multas de hasta el 2 % de la facturación, o 1 millón de euros.
- Muy graves: por manipular datos o incluir información falsa de forma intencionada, multas de hasta el 4 % de la facturación, o 10 millones de euros.
5.2 Sanciones administrativas
Exclusión de la contratación pública y pérdida del acceso a subvenciones o beneficios fiscales.
5.3 Responsabilidad personal
Puede recaer sobre los directivos de la empresa o sobre los responsables personales de la misma. Entre las consecuencias figuran multas individuales y la inhabilitación para ocupar cargos de dirección durante un máximo de 5 años en los casos más graves.
El ICAC se encargará de supervisar el cumplimiento, y las sanciones serán públicas.
Si se detectan errores en los informes, las empresas deberán corregirlos en los primeros seis meses. Ignorarlo puede agravar las sanciones y acarrear problemas legales más serios.
Conclusiones clave de la transposición española de la CSRD
- Más empresas estarán obligadas a reportar.
- Doble materialidad: tendrás que reportar tanto el impacto de la empresa en el entorno como el impacto del entorno en tu negocio.
- Verificación obligatoria: alguien, inscrito en el ICAC, comprobará que todo lo que presentes es veraz y cumple la normativa.
- Multas y responsabilidad personal.
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