La Comisión Europea ha publicado nuevas aclaraciones sobre la CSRD, los ESRS y la Directiva SFDR.
Como se trata de un contenido muy extenso, lo hemos ordenado de forma clara: quién debe reportar, cuándo y cómo hacerlo, y qué implica no cumplir.
Obligaciones y fechas clave
Las grandes empresas (las que cumplen al menos dos de estos criterios: más de 250 empleados, volumen de negocio anual superior a 50 M€ o balance superior a 25 M€) tendrán que reportar datos de sostenibilidad a partir de 2025 (con datos de 2024), mientras que las pymes cotizadas tendrán de plazo hasta 2027 (con datos de 2026).
Si una empresa cambia de categoría, por ejemplo al pasar de mediana a grande, las obligaciones de la nueva categoría no se le aplican de forma automática. Para que el cambio sea oficial y active las nuevas responsabilidades, debe cumplir los criterios de la nueva categoría (ingresos, número de empleados o balance) durante dos ejercicios consecutivos.
Las filiales y sucursales de terceros países con operaciones significativas en la UE (ingresos netos superiores a 150 M€ en la UE durante dos ejercicios consecutivos, o una filial o sucursal que genere más de 40 M€ en la región) también deben reportar de forma alineada con los ESRS.
Requisitos específicos y exenciones
Las filiales no tienen que reportar su propia información si su matriz ya publica un informe consolidado que cumple los ESRS (Estándares Europeos de Información sobre Sostenibilidad).
Sin embargo, las grandes empresas cotizadas en mercados regulados (aquellas cuyas acciones o valores se negocian en mercados regulados y que además cumplen dos criterios de gran empresa) no pueden acogerse a esta exención. Deben reportar de forma individual, aunque su matriz ya lo haga.
Hay tres requisitos de reporte específicos que se deben cumplir:
- Idioma: el informe debe presentarse en una lengua oficial del país en el que opera la empresa.
- Formato: debe ser digital, en formato XBRL.
- Plazo: debe publicarse en los seis primeros meses tras el cierre del ejercicio. Si no, se aplicarán las multas o sanciones correspondientes.
Verificación del reporte y supervisión
Los informes de sostenibilidad serán revisados por auditores independientes o por proveedores con formación en sostenibilidad y un mínimo de ocho meses de experiencia. Ojo: en España, según la transposición, deberán estar inscritos en el ICAC.
Se prevé que estas revisiones sean cada vez más detalladas y exhaustivas, por lo que, sin apoyo experto, aumenta el riesgo de errores o incumplimientos que pueden acarrear multas o sanciones.
La transposición de la Directiva (UE) 2022/2464 ya ha cuantificado estas multas y sanciones. Si te interesa, lee más aquí.
Recursos intangibles clave
Los recursos intangibles (como el conocimiento de los empleados, las relaciones con los clientes, la reputación o la innovación) no son obligatorios en el estado de sostenibilidad.
Sin embargo, ahora deben incluirse en el informe de gestión para explicar cómo estos intangibles fortalecen a la empresa y cómo contribuyen también a su crecimiento y sostenibilidad.
Más información sobre las aclaraciones de la CSRD
Además de esta información, hemos preparado un documento que resume las aclaraciones más recientes compartidas por la Comisión Europea.
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