Nuevas aclaraciones sobre la CSRD en 2025
La Comisión Europea ha publicado nuevas aclaraciones sobre la CSRD, los ESRS y la Directiva SFDR, organizadas para facilitar su comprensión.
Obligaciones y fechas clave
Las grandes empresas que cumplan al menos dos criterios (más de 250 empleados, facturación superior a 50 millones de euros o balance mayor a 25 millones) deberán comunicar datos de sostenibilidad a partir de 2025 con información de 2024. Las PYME cotizadas tienen hasta 2027 para reportar datos de 2026.
Cuando una empresa cambia de categoría, no se aplican automáticamente las nuevas obligaciones: debe cumplir los criterios durante dos años consecutivos.
Las subsidiarias y sucursales de terceros países con ingresos netos superiores a 150 millones de euros en la UE también están obligadas.
Requisitos específicos y exenciones
Las subsidiarias no necesitan reportar información propia si su matriz ya publica un informe consolidado conforme a los ESRS. Sin embargo, las grandes empresas cotizadas no pueden usar esta exención.
Los informes deben cumplir tres requisitos:
- Idioma: oficial del país donde opera la empresa
- Formato: digital en formato XBRL
- Plazo: publicación en los primeros 6 meses tras el cierre del ejercicio
Garantía de informes y supervisión
Los informes serán revisados por auditores o proveedores independientes con formación en sostenibilidad y mínimo ocho meses de experiencia. En España, deben estar inscritos en el ICAC.
Las revisiones serán progresivamente más detalladas, aumentando el riesgo de errores sin apoyo de expertos, lo que puede derivar en multas y sanciones.
Recursos intangibles clave
Los recursos intangibles (know-how, relaciones con clientes, reputación e innovación) no son obligatorios en la declaración de sostenibilidad, pero deben incluirse en el informe de gestión para explicar cómo fortalecen la empresa.